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Buscan adicionar el delito contra la intimidad.





Foto by: periodistasdeguanajuato.com



09-05-2019
El diputado Isidoro Bazaldúa Lugo integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal para adicionar un capítulo denominado “Contra la Intimidad”.

Al dar lectura a las consideraciones del documento, el congresista indicó que, ante el abuso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, han surgido e incrementado los casos en los que se ha atentado contra el derecho a la intimidad de las personas, a través de los dispositivos móviles, plataformas digitales y redes sociales.

Precisó que la falta de controles legales, medidas de seguridad y sanciones que inhiban esa clase de conductas facilita que no exista persecución del comportamiento criminal en los espacios digitales, dejando en estado de vulnerabilidad a las víctimas.

“La transgresión a la intimidad, a través de medios tecnológicos representa un nuevo fenómeno social que lastima severamente al individuo a nivel psicológico, físico y emocional, puesto que la exhibición sin consentimiento o bajo amenaza de la intimidad sexual de la persona, tiene un impacto negativo en su ámbito social, escolar, laboral o familiar”, afirmó Bazaldúa Lugo.

También dijo que eran alarmantes los casos en los que la agresión era dirigida hacia un menor o un incapaz, utilizando perfiles falsos e indicó que, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía en el último reporte del Módulo sobre Ciberacoso, Guanajuato se encuentra en el cuarto lugar de las entidades con mayor prevalencia de esta violencia con un 20.,3% en un rango de 17 a 20 años.

Con la propuesta legal, puntualizó, se busca sancionar con una pena de uno a tres años de prisión y de cien a trescientos días multa a quien publique, difunda o exhiba imágenes, grabaciones de voz o audiovisuales o conversaciones de contenido erótico o sexual de una persona sin su consentimiento, a través de mensajes telefónicos, publicaciones en redes sociales, correo electrónico o por cualquier otro medio, ya sea impreso, grabado o digital; o bien, a quien coaccione, hostigue, o exija a otra persona la elaboración o remisión de imágenes, grabaciones de voz o audiovisuales de contenido erótico o sexual bajo cualquier amenaza

El legislador agregó que dentro de la iniciativa se contemplan para ambos delitos agravantes como lo son cuando el sujeto activo tenga una relación de confianza o de amistad con la víctima o bien, sea el cónyuge, concubina o concubinario, la persona que mantenga o haya mantenido una relación sentimental o afectiva con la víctima cuando se haya cometido la conducta con fines lucrativos o cuando se trate de un menor de edad o incapaz.

Asimismo, señaló que se pretende establecer una pena que iría de los dos a cinco años de prisión y de doscientos a quinientos días multa a quien establezca comunicación a través de teléfono, redes sociales o cualquier otro medio de comunicación con un menos de edad o una persona incapaz, aún con su consentimiento, o por cualquier causa no pueda resistirlo con el propósito de obtener contenido sexual o pornográfico del mismo.











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